El partido entre la SD Tenisca y el CD Tahíche del pasado 30 de noviembre no pudo concluir y el colegiado del encuentro decretaba la suspensión del partido en el minuto 74. En el anexo arbitral se recogía que el partido había sido paralizado por la agresión que recibía uno de los asistentes con un paraguas y la actitud de los aficionados que se encontraban detrás del banquillo del CD Tahíche, quienes la emprendieron a golpes con el banquillo en el momento en el que el Tenisca anotaba el segundo tanto.
Tras estudiar el acta, el anexo arbitral y las alegaciones presentadas por parte de los dos equipos, el Comité de Competición y Disciplina Deportiva de la Real Federación Española de Fútbol decretaba la reanudación del partido a puerta cerrada a partir del minuto 74. Además, impone una multa económica de 300 euros al Tenisca por la infracción del artículo 110 del Código Disciplinario de la RFEF y correrán a cargo del Tenisca los gastos, debidamente justificados y acreditados, que se originen al CD Tahíche por la reanudación del encuentro. Unos gastos que podrían estar entorno a los 1.500 euros.
En el apartado de fundamentos jurídicos de la resolución del Comité de Competición y Disciplina Deportiva se recoge en su punto segundo que “debe destacarse la pasividad del club anfitrión (Tenisca) a la hora de tratar de identificar al autor o autores del paraguazo, escupitajos y golpes en el banquillo del equipo contrario”. El órgano disciplinario entiende que se vulnera el apartado 2 del artículo 15 del Código Disciplinario de la RFEF, existiendo “falta de presteza para identificar y poner a disposición de la autoridad competente a los protagonistas de los incidentes”.
El Comité de Competición destaca la “prudente y racional decisión de suspensión del encuentro adoptada por el colegiado, que, con toda probabilidad, evitó la reiteración de hechos análogos o incluso de mayor gravedad, dada la creciente tensión, comportamiento agresivo y en fin, reprochable actitud de algunos espectadores”. Y especifica que dada “la pasividad e ineficacia de las medidas de seguridad por parte del club anfitrión, aconsejan que la reanudación del tiempo restante de disputa del encuentro se lleve a cabo a puerta cerrada”.
Los dos clubes tienen un plazo de 48 horas para que comuniquen a la RFEF las propuestas que estimen oportunas para la reanudación del partido y si no existiera acuerdo será la RFEF la que establezca la fecha y hora de celebración de los 16 minutos que restan para el final del partido. En el momento de la suspensión el partido estaba con el marcador de 2 a 1 a favor del Tenisca.
La SD Tenisca ha anunciado a través de las redes sociales que interpondrá recurso ante el Comité de Apelación, al considerar que se trata de una “sanción injusta”. El conjunto palmero tiene un plazo de diez días hábiles para presentar tal recurso.
*Texto: Rubén Betancort (LanzaroteDeportiva.com) / Foto: tufutbolenlapalma.blogspot.com.es
Castigo muy flojo pero bueno, haber si con los 3.000€ de gastos les duele un poco.. Este equipo debe bajar a Preferente no es la 1 vez que ocurre esto, ademas, no gana un partido fuera todo lo que ha sumado ha sido en La Palma, el año pasado no gano un partido fuera.. Osea que .. JUSTICIA
ResponderEliminardecir lo mismo que el comentario Nº 1, solo se merecen bajar de categoría a ver si así s ele bajan los humos, no creo que los 3.000 + los 300 de sanción les haga rectificar porque es algo que llevan en la sangre desde hace muchos años.
ResponderEliminarcuidado Arucas esta semana que las escopetas están cargadas y ustedes podrán ser los siguientes pero, ojito al dato , ellos saben a quien se las hacen, seguro que al Arucas nada de nada.
Espero que la próxima vez la federación sea mas contundente, minimo 5-10 partdi con el campo arrestado y retirarle las subvenciones de un año a ver si así se portan mejor.