Con esta subvención, que asciende a un montante de 493.595 €, el Instituto Insular de Deportes intenta “habilitar de líneas de ayuda que contribuyan a la promoción del deporte base en Gran Canaria”.
El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días hábiles a partir del 12 de marzo, fecha en la que se publicó estas convocatorias en el boletín de la provincia, o sea tienen de tiempo hasta el próximo 4 de abril.
Según recoge la publicación, podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se convocan los clubes deportivos inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de Canarias y participantes en competiciones oficiales en categoría igual o inferior a la juvenil en modalidad de fútbol, que cumplan los siguientes requisitos:
a) Estar inscrito en el Registro de Entidades Deportivas de Canarias.
b) Participar en competiciones oficiales de la modalidad de fútbol en categoría igual e inferior a la juvenil.
c) No incurrir en las circunstancias previstas en el art. 13.2 de la LGS.
d) Que se encuentren al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social.
e) Que no estén inhabilitadas para recibir ayudas o subvenciones por parte del cualquier otra Administración Pública.
f) Haber procedido a la justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad por el Instituto Insular de Deportes o el Cabildo Insular de Gran Canaria, siempre que hubiese transcurrido el plazo fijado a este fin.
En los siguiente enlace tienen acceso a los documentos oficiales para su solicitud, a los que deberán añadir la documentación requerida, así como de las bases de la subvención.
La justificación de esta subvención tendrá que realizarse en un plazo de tres meses desde que la actividad subvencionada haya finalizado y más allá 30 de noviembre de 2014. Se presentarán a justificar solamente los gastos en las cantidades vinculadas directamente a las actividades para las que fueron concedidas, se considerarán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, teniendo como prioridad, entre otros, los gastos de organización y desarrollo de las competiciones como son derechos de arbitraje y los servicios médicos sanitarios y que se realicen en el plazo establecido en la presente convocatoria , con las limitaciones expresadas en el siguiente punto y que resulten efectivamente satisfechos en el año natural al que corresponde la subvención.
Quedan excluidos de la posibilidad de su justificación con fondos procedentes de la subvención, los gastos ocasionados por:
- Las multas, indemnizaciones, sanciones económicas u obligaciones de reintegro o finiquito cualquiera que sea su naturaleza.
- Las dietas o indemnizaciones por razón del servicio correspondientes a presidente, directivos, empleados, técnicos o deportistas.
- Los tributos, tasas o impuestos de cualquier clase, salvo cuando el beneficiario de la subvención los haya abonado efectivamente.
- Los intereses deudores de cuentas bancarias, intereses, recargos y sanciones administrativas o penales y los gastos de procedimientos judiciales.
- Los gastos de cualquier naturaleza no justificados con los requisitos formales señalados en el apartado IV del Anexo.
- Cuantos otros gastos no tengan relación directa con la actividad para la que han sido concedidas.
- Cualesquiera otros gastos presentados como justificantes de otra subvención ayuda concedida por cualquier Administración Pública, por el importe en que sirve como justificación ante la misma.
Más información en:
- Centro Insular de Deportes de Gran Canaria (Avenida Alcalde Ramírez Bethencourt s/nº - Las Palmas de GC)
- 928 41 56 44
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