sábado, 21 de abril de 2018

AD Huracán - UD Las Palmas: de nuevo sobre el sentido de las normas, por Rodríguez Ten

Javier Rodríguez Ten

El TAD ha desestimado la reclamación por alineación indebida de la AD Huracán sobre la UD Las Palmas por un error en la entrega de las fichas al árbitro, advertido y expuesto por el propio delegado amarillo al terminar el partido. A pesar de las dudas e incluso descalificaciones que ofreció nuestra postura al respecto, indicando que la literalidad de la norma podría ceder en este caso, expuesta en el programa "La Regional" de Radio Marca Gran Canaria al día siguiente del suceso, tres órganos disciplinarios diferentes han resuelto en dicho sentido.

El 23 de enero de 2018 atendí a los amigos de Radio Marca Gran Canaria que pidieron mi opinión sobre un conflicto curioso en División de Honor Juvenil: un equipo que alinea a un jugador que no es el que consta en las fichas de titulares entregadas al árbitro, no sujeto a sanción y que cumple los requisitos de alineación; terminado el partido (con victoria de ese club), con total buena fe, al revisar el acta el Delegado se da cuenta que existe dicho error y lo hace saber para normalizar la situación, siendo aprovechado por el otro club para interponer una reclamación por alineación indebida. Partido Huracán - UD Las Palmas.

La literalidad del precepto aplicable implicaría alineación indebida; pero una vez más (y ya es recurrente en muchos de mis comentarios), hay que recordar que lectura no es interpretación, y que esta última (regulada en el Código Civil) se atiene a los elementos gramaticales, históricos, sistemáticos y, fundamentalmente, a la finalidad de la norma. Y que por ello la defensa del supuesto por parte de la UD Las Palmas tenía recorrido y visos de ser estimada, pese a la aparente hermeticidad del precepto.

Meses después, tres órganos disciplinarios han resuelto en este mismo sentido, es decir, interpretando la norma atendiendo a su finalidad y espíritu (criterio teleológico). El último, el TAD. El contexto como elemento importante de la aplicación de la norma, un supuesto extraño de confianza legal hacia el órgano juzgador (como sucede en el ámbito anglosajón) en contraposición a la desconfianza latina que se traduce en la necesidad de hiperregular, hasta la coma, cualquier supuesto, aunque el resultado pueda ser el inverso al buscado. Pues no. Si la aplicación literal de una norma genera un resultado diferente al pretendido al aprobarla, cabe interpretarla como debe corresponder, pero no como capricho o arbitrariedad, sino por que la Ley lo ampara. Y este es el caso concreto, aunque pueda entender el enfado de quienes en vez de valorar esta circunstancia, que se explicó con total corrección y asepsia, daban por hecho que basta con saber leer para convertirse en experto jurista, incluso despreciando a los que de alguna manera nos dedicamos a esto.

Y es que de fútbol y de medicina, todo el mundo opina.

5 comentarios:

  1. si no le expulsan al jugador no dice ni mu, así que buena fé y una leche.

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    1. Campeón ni con 8 Las Palmas fueron capaces de ganar, ahora después de 3 negativas a la alineación indebida dices que una leche de buena fe, PATETICO.
      Igualmente no hubiesen expulsado al portero no sabriamos sin hubiesen obrado de buena fe, o si habían más fichas sin presentar.Lo que está cristalino es que 3 orgamismos han desestimado el recurso. Así que a trabajar para volver lo antes posible a donde les corresponde, ganando en los campos y no en los despachos.

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  2. Buena noticia. Tenemos jurisprudencia. Si no tengo la ficha pq se la dejé al Regional la noche anterior no importa, lo hago jugar con la ficha de otro y dispongo de dos horas y media para que me la traigan. Luego con decirle al de turno..."tome, error mío" y en prueba de voluntad aquí la tiene, dilema resuelto... Se acabó el tener que ajustar las 16 fichas al comienzo, con solo presentar 16 fichas problema resuelto, ya luego si eso, al final lo solucionamos con buena voluntad ;-)

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  3. Sr. Ten, el modelo anglosajón no se puede aplicar a este caso porque como bien afirma esta hiperregulado. Veremos como en el contencioso administrativo le darán la razón al Huracan. Por cierto, la jurisprudencia indica que si un equipo se queda con menos de 7 licencias del equipo por expulsión, no es alineacion indebida.

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    1. ¿Y qué si le dan la razón? Está igualmente descendido.

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